Respuesta de Enjoy Hotels & Resorts a investigación sobre SLAPP
...Queremos dejar muy claro que la acción judicial presentada no constituye, de ninguna manera, una demanda SLAPP, sino un esfuerzo legítimo de la empresa por proteger su reputación frente a una campaña coordinada y malintencionada en la que se difundieron afirmaciones falsas que complicaban seriamente la tramitación de permisos y afectaban injustamente la imagen del proyecto, causando graves daños.
La propia definición de SLAPP en jurisdicciones comparadas, como la Directiva Europea, reconoce que la libertad de expresión es un derecho fundamental, pero debe ejercerse con sentido de responsabilidad, teniendo en cuenta otros derechos fundamentales, como la protección de la reputación, la privacidad y el acceso a información imparcial.
Esa normativa aclara expresamente que no se consideran SLAPP aquellos casos en los que la participación pública no se ejerce de buena fe, por ejemplo, cuando se difunde desinformación o se inventan acusaciones con el fin de dañar la reputación del demandante. Ese es justamente el escenario en este caso: un esfuerzo coordinado de desprestigio.
Frente a esta situación, se logró un diálogo constructivo con tres de los creadores de contenido que habían compartido información inexacta. Ellos reconocieron públicamente haber recibido información de terceros, y reconocieron inexactitudes en sus publicaciones, las cuales eliminaron. Así lo reflejaron medios nacionales de diversa orientación como La Nación, El Mundo y Semanario Universidad...